DERECHOS DE LOS PADRES DE ALUMNOS DEL CENTRO A LA INFORMACION Y PARTICIPACION EN LA VIDA DEL CENTRO.
Los padres podéis participar mandando vuestras propuestas al consejo escolar a través de vuestros representantes en el CONSEJO ESCOLAR que es el órgano que gestiona y toma las decisiones por las cuales se rige el funcionamiento del centro y en el cual los padres de alumnos participamos en esta toma de decisiones por medio de una votación democrática de todos sus componentes.
La dirección del centro tiene la obligación de notificar a los representantes de los padres el calendario de reuniones ordinarias y las extraordinarias con unos días de antelación, indicándoles los temas a tratar durante la reunión, la dirección entregara una copia del acta de sesión en la cual se especifica los temas tratados y los acuerdos obtenidos durante la sesión, también tiene la obligación de colocar en el tablón de anuncios del centro una copia del acta de sesión para informar de esta a quien dese conocerla.
Los representantes de los padres tienen la obligación DE REPRESENTAR LOS INTERESES GENERALES DE TODOS LOS PADRES para ello deben de facilitar esta información a los padres que representan através de los medios que faciliten y garanticen en la medida de lo posible la recepción de dicha información,(circular, tablón de anuncios del ampa, blog, face etc.) para que los padres podamos hacer nuestras alegaciones a nuestros representantes antes de la de reunión del CONSEJO ESCOLAR y ser posteriormente informados de los acuerdos obtenidos por el CONSEJO ESCOLAR.
PROYECTO EDUCATICO DEL CENTRO.-
Es el documento que recoge los principios de la filosofía educativa: Objetivos, Prioridades y Directrices.
El PEC tendrá que expresar la identidad del centro, marcar las directrices propias de gestión que sirvan de referencia de toda la actividad y a toda la Comunidad Educativa, con carácter integrador.
También, debe responder a una pregunta básica: para qué y como educamos?
Por lo tanto, deberá ser fruto del diálogo y de la convergencia entre las diversas posiciones de los miembros que integran la Comunidad Educativa.
El PEC es: exclusivo del centro, operativo, flexible, progresivo, colegiado, consensuado, posible y público. El PEC no hay de ser: voluminoso, exclusivo del equipo directivo, inamovible, innecesario, copiado de otros textos e imposible.
Contenido
Se tomarán en consideración las aportaciones de la junta de delegados, (de la asociación de alumnos, si la hubiera) y de la asociación de padres y madres.
Las directrices para su elaboración deben tener en cuenta, y tienen que estar orientadas, a la consecución de los fines educativos previstos por la legislación vigente y el entorno del centro, fomentando:
- El pleno desarrollo de la personalidad.
- La formación en respeto de los derechos fundamentales y en la tolerancia, dentro de los principios democráticos de convivencia.
- La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, etc.
- La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.
Elaboración
El proyecto se elaborará a partir del análisis previo de las necesidades específicas del alumnado y del contexto escolar, socioeconómico, cultural y sociolingüístico del centro. Este debe garantizar que la intervención pedagógica sea coherente, coordinada, progresiva y asumida por el conjunto de la comunidad escolar del centro.
La propuesta del Proyecto debe ser realizada por el equipo directivo, de acuerdo con las directrices del Consejo Escolar y las aportaciones de los distintos sectores de la Comunidad Educativa. La aprueba el Consejo Escolar con el apoyo de los 2/3 del mismo.
Duración
No tiene una vigencia limitada. Ahora bien, es conveniente una revisión periódica, con el fin de evaluarlo y, si es necesario, adecuarlo.
El Proyecto Educativo de Centro deberá ser publicado en el Tablero de Anuncios del centro.
Resumen de contenidos del PEC por ciclos
Conforme al ROF de Primária incluirá:
• Los fines y las intenciones educativas, de acuerdo con la identidad del centro y atendiendo a la consecución de los principios que establece la LOE y la Llei d’Ús i Ensenyament del Valencià.
• El plan de normalización lingüística y el diseño particular del programa de educación bilingüe.
• Los criterios básicos que han de orientar: la organización del centro, la participación de los varios estamentos de la comunidad escolar y la coordinación con los servicios del municipio.
• El Reglamento de régimen interno del centro, con las normas básicas de convivencia.
Según el ROF de Secundária, el proyecto educativo del instituto incluirá:
• Los fines y las intenciones educativas, de acuerdo con la identidad del instituto y atendiendo a la consecución de los principios finos que establece la LOE i la Llei d´Ús i Ensenyament del Valencià.
• El diseño particular del programa o programas de educación bilingüe que aplique el centro y el plan de normalización lingüística que recoja los aspectos relativos a la enseñanza y al uso de las lenguas en el centro.
PROGRAMACION GENERAL ANUAL(PGA).-
En la elaboración del P.G.A, el equipo directivo y el claustro de profesores tienen un papel destacado que reconocemos y valoramos, pero no exclusivo, ni mucho menos excluyente, por lo tanto, el AMPA, y los alumnos, pueden y deben tener una participación en el proceso de construcción de la P.G.A para sentirse implicados en el proyecto.
La programación general anual estará constituida por el conjunto de actuaciones, derivadas de las decisiones adoptadas en el proyecto educativo del centro y los proyectos curriculares, que se realizarán cada curso académico.
Incluirá, según el artículo 109 del ROF de Educación Secundária para los institutos, las actuaciones prioritarias en los siguientes ámbitos:
• Desarrollo del currículo y actividades escolares complementarias y extraescolares.
• Orientación escolar.
• La situación del proceso de aplicación del diseño particular del programa de educación bilingüe en el instituto, tanto por lo que se refiere a la enseñanza del valenciano y de su incorporación como lengua vehicular, como las actividades previstas durante el curso para extender el uso académico, administrativo y social del valenciano, así como un análisis de la situación del proceso de aplicación del plan de normalización lingüística.
• Programa anual de formación del Profesorado.
• Actuaciones y programas para la atención a la diversidad.
También incluirá los procedimientos, calendario y plazos para la realización de estas actividades, el horario general del alumnado y los criterios pedagógicos para su elaboración, así como una memoria administrativa que incluirá el documento de organización del centro, la estadística de principio de curso y la situación de las instalaciones y del equipamiento.
Conforme al artículo 93 del ROF de Educación Infantil y Primaria, el PGA de los centros donde se impartan éstas enseñanzas incluirán:
• Los criterios pedagógicos para la elaboración del horario del alumnado.
• El proyecto educativo del centro o las modificaciones de lo ya establecido.
• Los proyectos curriculares de cada etapa o las modificaciones de los ya establecidos.
• El programa anual de actividades extraescolares y servicio complementarios.
• La situación del proceso de aplicación del diseño particular del programa de educación bilingüe en el centro, tanto por lo que se refiere a la enseñanza del valenciano y de su incorporación como lengua vehicular, como a las actividades previstas durante el curso para extender el uso académico, administrativo y social del valenciano.
• Una memoria administrativa que incluirá el documento de organización del centro, la estadística del principio de curso y la situación de las instalaciones y de equipamiento.
• Las actividades de formación permanente y de perfeccionamiento que afectan al profesorado.
• El calendario de reuniones de los órganos de gobierno del centro.
• El calendario de evaluación y entrega de la información a los padres y madres.
• Los aspectos organizativos del calendario de reuniones y entrevistas con los padres y madres.
REGLAMENTO DE REGIMEN INTERIOR .-
1.6. Reglamento de régimen interior
1. El Reglamento de régimen interior es una norma interna que
incluye el conjunto de objetivos, principios, derechos, responsabilidades
y normas por los que se regula la convivencia de todos los miembros de
la comunidad educativa.
2. Los centros docentes elaborarán su reglamento de régimen
interior, que deberá incluir, entre otras, las normas que garanticen el
cumplimiento del plan de convivencia. Asimismo, podrá incorporar los
siguientes aspectos:
a) La organización que haga posible la participación de todos los
miembros de la comunidad educativa.
b) La organización y reparto de responsabilidades no definidas por
la normativa vigente.
c) Los procedimientos de actuación del consejo escolar, y en su
caso, las comisiones que en él se constituyan para agilizar su funcionamiento.
d) La organización de los espacios del centro.
e) Las normas para el uso de las instalaciones, recursos y otros servicios
educativos del centro.
3. De acuerdo con la Instrucción 1/2010, de la Subsecretaría de la
Conselleria de Educación, sobre el uso adecuado de los espacios públicos
y de los tablones de anuncios en el ámbito de la Conselleria de
Educación, los reglamentos de régimen interior de los centros docentes
tendrán en cuenta y se adaptarán, en su caso, a lo dispuesto en dicha
instrucción, especialmente en referencia a que:
a) En todos los centros existirán uno o varios tablones de anuncios
y carteles oficiales.vehicub)
En los tablones se recogerán los carteles, actos y comunicaciones
de la Conselleria de Educación, así como de otros organismos oficiales,
y de los órganos de gobierno del centro.
c) Se habilitará un tablón de anuncios a disposición de las asociaciones
del alumnado y las asociaciones de padres y madres del alumnado,
cuya gestión corresponderá a las citadas asociaciones, siendo responsables
de su ordenación y organización.
d) Corresponderá a la dirección del centro, en el ámbito de sus competencias,
garantizar el uso adecuado de los tablones. La gestión de los
tablones corresponderá a la secretaría del centro.
4. Las asociaciones de madres y padres podrán elaborar propuestas
de modificación del reglamento de régimen interior.
5. El reglamento de régimen interior de los centros públicos será
revisado y autorizado por la conselleria competente en materia de educaciónAMPLIAR INFORMACION AQUÍ ley de educación de la Generalitat Valenciana
1 comentarios :
Hola, si esto es así, por que los padres que nos representan en el consejo escolar no nos informan de lo que se va a tratar en esos consejos y de la fecha de estos???? Yo como madre quiero que me informen cuando haya un consejo y de lo que va a tratar por si tengo alguna sugerencia sobre el tema y más si son decisiones importantes como la de trasladarnos de colegio.
Gracias.
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